En este apartado le informaremos básicamente sobre los tribunales y juzgados penales.
La competencia para actuar en caso de un tipo de delito u otro (naturaleza de los hechos), será determinante; dicho de otra manera, un tribunal podrá ser competente para actuar sobre determinados delitos, pero no sobre otros.
Podremos, así, diferenciar tres clases de competencias de los juzgados y tribunales penales:
Existen razones que pueden ser decisivas respecto a qué órgano es el propio para determinado asunto.Así, en el caso de que hubiera una resolución primera dictada con anterioridad por un tribunal, nos hallaríamos ante el recurso.
Es uno de los casos en los que los órganos deberán ostentar un puesto jerárquicamente superior; o sea, quien decida sobre el recurso deberá ser un órgano superior al primero. Estaríamos hablando de competencia funcional.
Cuando se da una conexión entre ciertos hechos constitutivos de delito y otros, deberá ser el mismo tribunal el encargado de llevar a cabo la instrucción. De este modo se ahorrarán tramitaciones de carácter procesal, agilizando el proceso.
Por otro lado, podemos referirnos básicamente a las diferentes categorías de Juzgados y Tribunales. En cuanto a su jerarquía en el ámbito legal, de mayor a menor, son:
Existen otros juzgados que se ocupan de tratar específicamente determinadas áreas. Es el caso de:
La Jurisdicción Militar es un apartado diferente en cuanto a Juzgados y Tribunales Penales. Básicamente, se rige por criterios diferentes a la Jurisdicción Penal.
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