Seguramente haya oído hablar sobre los antecedentes, pero ¿conoce la diferencia entre los antecedentes penales y policiales? Vamos a verlo en detalle.
Cuando una persona es detenida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional, Guardia Civil o policías autonómicas), se genera un registro administrativo denominado antecedente policial. Este antecedente no significa automáticamente que la persona tenga antecedentes penales. Para que existan estos últimos es necesario que un tribunal dicte una sentencia condenatoria.
Son registros administrativos que recogen incidencias relacionadas con investigaciones, detenciones, identificaciones o incluso órdenes de búsqueda. No implican necesariamente culpabilidad ni condena.
Se generan únicamente cuando una persona ha sido condenada mediante sentencia firme por un delito. Estos antecedentes constan en el Registro Central de Penados y pueden tener efectos jurídicos relevantes.
Los antecedentes penales pueden limitar el acceso a oposiciones, empleos en seguridad privada, profesiones relacionadas con menores, entre otros. En cambio, los antecedentes policiales rara vez se solicitan para fines laborales, aunque pueden aparecer en comprobaciones internas de seguridad.
Pueden afectar a solicitudes de adopción, obtención de visados internacionales o trámites de extranjería. En el caso de los antecedentes policiales, aunque no tengan el mismo peso jurídico, su existencia puede generar inconvenientes administrativos.
La ley permite cancelar tanto antecedentes penales como policiales. Sin embargo, la cancelación de los segundos está condicionada a que previamente se hayan cancelado los primeros.
Según el artículo 136 del Código Penal, los plazos de cancelación son los siguientes:
Una vez cancelados los antecedentes penales, es posible solicitar la cancelación de los policiales. Para ello, hay que dirigirse a la Comisaría de Policía o al organismo que generó el registro, acreditando la cancelación de los penales.
La reincidencia es un factor que impide cancelar los antecedentes dentro de los plazos establecidos. Además, tener antecedentes penales en vigor puede agravar las penas en caso de cometer un nuevo delito.
El proceso de cancelación puede resultar complejo, por lo que lo más recomendable es contar con un abogado penalista especializado. Este profesional analizará el caso concreto, verificará los plazos y gestionará la cancelación ante las autoridades competentes.
En resumen, los antecedentes penales y policiales no son lo mismo. Los primeros requieren sentencia firme; los segundos son registros administrativos derivados de actuaciones policiales. Ambos pueden cancelarse, siempre que se cumplan los plazos y requisitos establecidos en la ley. Para garantizar un proceso correcto y seguro, es aconsejable contar con asesoramiento jurídico especializado.
En nuestro despacho de Bilbao ofrecemos un servicio integral en materia de antecedentes penales y policiales. Le guiaremos en el proceso de cancelación, resolveremos sus dudas legales y defenderemos sus intereses en todo momento.