En España, los delitos relacionados con las drogas se encuentran entre los más perseguidos por la justicia, ya que afectan directamente a la salud pública. La normativa distingue entre diferentes tipos de drogas, estableciendo penas y sanciones distintas según la sustancia, la cantidad y las circunstancias del caso.
El Código Penal diferencia entre drogas duras y drogas blandas, ya que su peligrosidad y el riesgo que generan en la salud pública no son iguales.
Se consideran aquellas que producen una grave adicción y deterioro físico o psíquico, como la cocaína, la heroína, las anfetaminas o el éxtasis. Las penas establecidas en el artículo 368 del Código Penal van de 3 a 9 años de prisión y multa al triplo del valor de la droga intervenida. La condena puede aumentar en casos de organización criminal o grandes cantidades.
Son sustancias que, aunque también afectan a la salud, se consideran de menor impacto que las anteriores. El cannabis y sus derivados son los más habituales. En este caso, las penas oscilan entre 1 y 3 años de prisión y una multa al doble del valor de la droga.
Una de las mayores dudas que suelen surgir es cómo se diferencia el consumo propio del tráfico. La jurisprudencia ha establecido cantidades de referencia. Por ejemplo, si una persona es detenida con varios gramos que exceden el límite considerado como autoconsumo, se entenderá que existe intención de traficar.
Además de la pena de prisión y la multa económica, una condena por tráfico de drogas genera antecedentes penales, lo que dificulta encontrar empleo o viajar a otros países. En ciertos casos, también se pueden aplicar medidas de internamiento en centros de desintoxicación.
Si se enfrenta a un procedimiento penal por un delito de drogas, lo más recomendable es acudir a un abogado penalista especializado en delitos contra la salud pública. Nuestro Despacho de Abogados en Bilbao estudia cada caso en detalle, valorando la posibilidad de atenuantes, reducciones de condena o suspensión de la pena.
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